Estatutos de la Red Iberoamericana de Epigenética y regulación transcripcional “RIERT”
CAPÍTULO I: NATURALEZA Y OBJETIVOS
Artículo 1. Antecedentes.
La Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP) tiene como fin el fomento y el desarrollo de los estudios de postgrado y doctorado contribuyendo a la formación del profesorado universitario, el personal investigador y profesionales en función de las necesidades de desarrollo de cada país y de la comunidad iberoamericana de naciones. Una de las formas más destacadas de contribuir al desarrollo del postgrado, es promover la cooperación en investigación entre sus instituciones. Para ello, la AUIP desarrolla un plan de apoyo cuyo objetivo fundamental es el fomento de Redes Iberoamericanas de Investigación. Es en el marco de la AUIP donde se constituirá la la Red Iberoamericana de Epigenética y Regulación Transcripcional “RIERT”.
Artículo 2. Presentación.
La Red Iberoamericana de Epigenética y Regulación Transcripcional “RIERT” es una red científica de investigación sin ánimo de lucro, fundada oficialmente en la ciudad de Córdoba (España) en el año 2022, que planea obtener el patrocinio de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP).
Artículo 3. Objetivos.
El objetivo general es promover un espacio de encuentro e intercambio interdisciplinar de conocimientos e investigación, especialmente aplicados en los países iberoamericanos. Sus objetivos específicos son:
Artículo 4. Justificación.
La creación de esta red se sustenta en dos hechos. Por un lado, dada las bajas oportunidades de formación en esta área, se propone incrementar la oferta formativa en aspectos relacionados con la epigenética y la regulación transcripcional en las instituciones de educación superior a las que pertenezcan los miembros de la red. Por otro lado, dado que en Iberoamérica no existe ninguna asociación, federación o comité a nivel académico de investigadores de la temática descrita, se plantea utilizar la oportunidad que proporciona la Asociación Universitaria Iberoamericana de Postgrado (AUIP) para crear una red a nivel iberoamericano.
Artículo 5. Ámbito de actuación.
El ámbito geográfico de actuación se corresponde con los países iberoamericanos. Los miembros que participan en la composición de la Red desarrollan su actividad académica y/o investigadora en alguno de estos países. Sin embargo, este ámbito geográfico puede extenderse a otros países relacionados con los propósitos y objetivos de la Red, aceptando nuevas solicitudes para integrarse en la misma.
CAPÍTULO II: MEMBRESÍA
Artículo 6. Miembros
Podrá pertenecer a la Red RIERT cualquier persona docente o investigadora que lo solicite, siempre y cuando sus investigaciones aborden cuestiones relacionadas con la temática, el propósito y los objetivos de la Red.
Artículo 7. Nuevos miembros
Para acceder a la Red y adquirir la condición de miembro, se deberá presentar una solicitud de ingreso desde la página web de la Red (https://chesskibitzer.site/), acompañada del Curriculum Vitae al correo electrónico: registro@riert.org La solicitud será estudiada por el Comité Ejecutivo quien decidirá la viabilidad de la solicitud de ingreso. Mediante esta petición de ingreso, la persona interesada se compromete a implicarse en las actividades de la Red. La inscripción y adquisición de la condición de miembro no tiene coste alguno.
Artículo 8: Baja de miembros.
Los miembros integrantes de la Red podrán, de forma voluntaria y tras petición motivada, solicitar su baja justificando los motivos por los cuales tiene pretensión de renunciar a su condición de miembro. Para ello deberá enviar una solicitud de baja al correo electrónico: registro@riert.org La condición de miembro también puede perderse por decisión del Comité Ejecutivo, cuando se realicen acciones contrarias al propósito y objetivos de la Red o cuando se considere la existencia de un daño grave a la imagen o intereses académicos de la Red.
CAPÍTULO III: DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 9. Derechos de los miembros.
Los miembros de la Red podrán:
Artículo 10. Obligaciones de los miembros.
Son obligaciones de los miembros:
CAPÍTULO IV: ASPECTOS Y FUNCIONAMIENTO DE LA RED
Artículo 11. Sede e infraestructura.
La sede principal de la Red es el Departamento de Genética de la Universidad de Córdoba en España.
Artículo 12. Página web y contenido.
La Red establecerá una página web (https://chesskibitzer.site), que será su principal medio de comunicación y difusión del trabajo con dominio propio, logotipo oficial, agenda, relación de miembros participantes en la Red y todas aquellas secciones que el comité ejecutivo determine. Cualquier miembro puede solicitar la inclusión de contenido en la red al Comité Ejecutivo.
CAPÍTULO V: ÓRGANOS DE GESTIÓN
Artículo 13. Coordinación.
La Coordinación general de la red recaerá sobre una persona de las dos instituciones fundadoras de la misma y tendrá una duración de dos años. La persona que ejerza la coordinación tendrá la misión de velar por el correcto funcionamiento de la Red.
Artículo 14. Comité Ejecutivo.
La Red contará con un Comité Ejecutivo, cuya función será la de asesorar y apoyar a la coordinación general en las decisiones que se adopten, coordinar a los distintos miembros que componen la Red en función de su distribución geográfica y proponer cuantas acciones se consideren oportunas para la dinamización de la Red. El Comité Ejecutivo se reunirá al menos una vez al año o cuando se estime conveniente y las necesidades de la Red lo requieran. Las reuniones podrán ser presenciales o virtuales.
14.1 Composición:
14.2 Designación de cargos
La presidencia la ostentará una persona perteneciente a una de las instituciones fundadoras. La secretaría la ostentará una persona perteneciente a la institución fundadora distinta a la que ejerce la presidencia. Las vocalías se elegirán en asamblea general en base a las auto-candidaturas presentadas por miembros de la red o a propuesta de la persona que la coordina. La composición del Comité Ejecutivo se renovará cada dos años.
Artículo 15. Asamblea General de Miembros.
La Asamblea General de Miembros estará compuesta por todos las personas adscritas a la Red y se reunirá en sesiones ordinarias al menos una vez al año; y en sesión extraordinaria cuando se dé alguna circunstancia que lo haga oportuno, o cuando lo soliciten al menos el veinte por ciento de los miembros.
CAPÍTULO VI: OTROS ASPECTOS DE FUNCIONAMIENTO DE LA RED
Artículo 16. Política de gestión documental.
La política de RIERT en relación con el material que se genere dentro del marco de la Red será de absoluto respeto a la propiedad intelectual del mismo. Todo documento aportado por los miembros de la Red aparecerá siempre vinculado al nombre de su autor o autora. La Red se compromete a retirar de la página web un documento cuando se solicite por parte del autor o autora.
Artículo 17. Duración de la Red.
La Red Iberoamericana de Epigenética y Regulación Transcripcional “RIERT” se constituye por un periodo inicial de 5 años, cuya prórroga dependerá de los resultados de autoevaluaciones que se realizarán de manera periódica.
Artículo 18. Modificación de los estatutos.
Las modificaciones se realizarán a propuesta del Comité Ejecutivo y serán ratificadas en Asamblea General de Miembros de manera presencial o virtual, en sesión ordinaria o extraordinaria.
